ENARGAS prorrogó el plazo de adecuación de las estaciones de GNV para autobuses y camiones

El cumplimiento de la norma NAG-420 se extiende por 90 días hábiles a partir del 4 de mayo de 2022.

Camión cargando GNC.

ABRIL 2023. El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) informó que, a través de la Resolución N° 179/2023, estableció una prórroga de 90 días hábiles para que las estaciones de carga puedan cumplir con la norma NAG-420, “Requisitos de habilitación para el abastecimiento de Gas Natural Vehicular (GNV) a Vehículos de Transporte de Pasajeros y de Carga”.

El inicio del aplazamiento se contabilizará a partir de la fecha establecida en el Artículo 2º de la Resolución Nº 456/2022. El plazo original ordenaba que desde el 4 de mayo de 2023 los vehículos de transporte de pasajeros y de carga, exclusivamente podrían ser abastecidos en las estaciones de servicio habilitadas a tal fin.

Ante esta situación, distintos sujetos del sistema de GNC realizaron solicitudes de prórroga ante el ENARGAS, ya que muchas de las bocas de expendio que pretenden ampliar su habilitación, aún no completaron los requisitos que la Norma NAG-420 exige. Además del tiempo requerido para la adecuación de sus instalaciones, las expendedoras también necesitaban una extensión para cumplir con la documentación a presentar ante las diferentes distribuidoras de gas por redes del país.

La norma NAG-420 establece los requisitos para la ampliación de las habilitaciones emitidas por las Licenciatarias del Servicio Público de Distribución de las Estaciones de Carga de GNV ya habilitadas bajo las reglamentaciones vigentes conformes NAG-418 y concordantes. Asimismo, para que también puedan operar de forma segura el abastecimiento de combustible en vehículos carreteros destinados al servicio de transporte de pasajeros o de carga, propulsados mediante el uso de gas natural como combustible, en todo el territorio nacional.

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