El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) dispuso la aprobación de la Norma Argentina de Gas (NAG) 451, “Procedimiento para la habilitación de vehículos importados, propulsados mediante el uso de gas natural”, según la Resolución Enargas 42/2019, publicada en el Boletín Oficial, para dotar de gas natural comprimido y licuado a vehículos importados de carga y pasajeros.
La norma fue establecida sobre la base de que el desarrollo de vehículos propulsados a gas natural comprimido (GNC) o gas natural licuado (GNL) constituye una tendencia mundial en lo que respecta al uso de combustibles, y reconociendo que la utilización eficiente del gas natural representa una transición de la matriz de energía secundaria, hacia patrones de uso de combustibles menos contaminantes y más eficaces.
Sostiene que el uso de estos combustibles traerá aparejada una notoria reducción de la emisión de ruidos, gases tóxicos, de efecto invernadero, y material particulado, y mejoraría, de esa forma, la condición de vida de la población. Además, indica que el desarrollo tecnológico alcanzado, aplicado al funcionamiento de los motores de combustión interna utilizados en el transporte, permitirá lograr un control de dicha combustión, lo cual, además de sus virtudes ecológicas, permite un uso racional de los recursos energéticos.
La medida será de aplicación para organismos de certificación; importadores de vehículos propulsados mediante el uso de gas natural como combustible; centros de verificación y comercialización; estaciones de carga; y vehículos importados que funcionen a GNC.
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