Designan a Rodríguez Chirillo como Secretario de Energía y a Casares al frente del ENARGAS

Se trata de funcionarios que tendrán bajo su órbita áreas estratégicas para el sector del gas natural y el GNC en particular.

Eduardo Rodríguez Chirillo.

DICIEMBRE 2023. El Dr. Eduardo Rodríguez Chirillo asumió oficialmente como Secretario de Energía de la Nación, con el compromiso de impulsar la agenda energética del Presidente Javier Milei y de promover el crecimiento sostenible del sector.

Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina (UCA) y Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra, España; Rodríguez Chirillo es especialista en electricidad, energías renovables, gas y petróleo y cuenta con más de 25 años de experiencia en el sector energético en Latinoamérica.

El funcionario, cuya dependencia reporta al Ministerio de Infraestructura, tendrá a cargo tareas fundamentales como la resolución de las tarifas y los subsidios, atender el atraso en los precios de los combustibles (nafta y gasoil), potenciar la producción y las exportaciones de petróleo y gas en Vaca Muerta, así como diseñar el esquema y la prioridad de obras en el sector eléctrico.

Su colaborador más cercano es Carlos Alberto Casares, quien recientemente ha sido designado en el cargo de interventor del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).

Ingeniero Químico, Casares tuvo actuación en el organismo regulador entre los años 2017 y 2020. Pero desde enero hasta diciembre de 2019 fue subsecretario de Hidrocarburos durante la presidencia de Mauricio Macri. Mucho antes trabajó en Gas del Estado, y luego se desempeñó durante 24 años en Tecpetrol.

El nuevo interventor llevará adelante el proceso gradual de recomposición tarifaria a fin de cumplir con los principios establecidos en el marco regulatorio del gas.

Su tarea debe dirigirse en principio a evaluar e informar sobre el cumplimiento por parte del ENARGAS de las obligaciones, competencias y objetivos que le han sido asignados por la normativa vigente.

Sobre ese análisis, se deberá avanzar con la determinación de una tarifa transitoria, mientras se ejecuta un proceso de revisión tarifaria para determinar -conforme al Artículo 42 de la Ley 24.076- una tarifa del servicio público de transporte y distribución que sea justa y razonable, tal como lo establece la citada ley, así como también del precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST).

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